Requisitos para instalar video vigilancia en las Comunidades de Propietarios
9 de Febrero de 2019
Para que se pueda
instalar video vigilancia en las Comunidades de Propietarios con todas
las garantías en materia de Protección de Datos, se han de cumplir los
siguientes requisitos:
- Acuerdo de Junta reflejado en Acta.
- Instalación
en los accesos a la zona video vigilada, en lugar visible, carteles que
informen de que se accede a una zona de tal naturaleza.
- El
acceso a las imágenes estará restringido a las personas designadas por
la Comunidad de Propietarios y no podrá accederse mediante canal de
televisión comunitario.
- El sistema de grabación se ha de
instalar en lugar vigilado o de acceso restringido, y solo tendrán
acceso a las imágenes el personal autorizado, mediante la intoducción de
un código de usuario y de una contraseña.