Prestamos los siguientes servicios a vecinos, propietarios, inquilinos, Administradores de Fincas, Agentes de la Propiedad inmobiliaria, Inmobiliarias, Constructoras, Promotoras:
La Propiedad Vertical es aquella que se compone de varias viviendas o locales que pertenecen a una propiedad única y que, por lo tanto, no se encuentra dentro del régimen de la Propiedad Horizontal.
Es común que este tipo de Propiedad se pretenda rentabilizar por los titulares destinándola al arrendamiento en sus diversas formas, que puede recaer sobre edificaciones habitables para uso residencial permanente o temporal (arrendamiento de temporada, para ejercer actividades industriales, comerciales, artesanales, profesionales, recreativas, asistenciales, profesionales, recreativas, culturales o docentes).
La regulación de la Propiedad Vertical y de los arrendamientos es compleja, pues coexisten diversos regímenes normativos y son numerosas las reformas legales mediante las que se ha pretendido conjugar, a lo largo del tiempo, el movimiento liberalizador de la propiedad urbana con las exigencias de la justicia, las circunstancias económicas y las políticas de vivienda nacional, autonómicas y locales.
En Lextime Abogados somos conscientes de esta realidad jurídica y, por ello, también nos hemos especializado en el tratamiento legal de todas las instituciones que afectan a la Propiedad Vertical y al arrendamiento, gracias a la experiencia cotidiana que nos ha proporcionado la práctica profesional, el conocimiento exhaustivo de la normativa aplicable y la experiencia judicial en todos sus ámbitos.
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