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Ley de propiedad horizontal: azoteas y terrazas
1 de Agosto de 2016

Los abogados especialistas en comunidades de vecinos en Madrid Centro son imprescindibles para solventar toda variedad de problemas que pueden surgir entre propietarios. Muchos de los percances que suelen surgir vienen por el uso, y abuso, de las zonas comunes. Por eso hoy queremos dedicar un articulo a las azoteas y terrazas.

De manera general en un edificio en el que no se indique lo contrario las azoteas y las terrazas son de uso común. Esto, sin embargo no significa que puedan ser utilizadas por todos los vecinos, de hecho algunas de ellas sólo tendrán acceso desde las casa de alguno de los propietarios. Este tipo de supuesto es el que se llama terraza común con uso privativo. El uso de este tipo de espacio que puede realizar el propietario será libre siempre que no interfiera con el uso que pueda hacer otro vecino. Es decir, si emplea una azotea para tender ropa, está no podrá tapar las ventanas de otra vivienda.

Uno de los casos que más comúnmente puede requerir de la intervención de abogados especialistas en comunidades de vecinos en Madrid Centro es la reparación de estos espacios. Salvo que en el texto legal ponga de forma expresa que la terraza es de propiedad única de uno de los vecinos, la reparación de problemas en ellas correrá a cargo de la comunidad. Eso sí, si se trata de una terraza o azotea de uso privativo y el problema de la misma viene dada por el uso habitual, y no por un problema de estructura, deberá recaer su arreglo en el propietario con derecho a uso privativo.

Lo mejor, ante estos supuestos, es contacta con Lextime Abogados. Gracias a nuestros profesionales podrás solucionar de forma efectiva cualquier de estos problemas.

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