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Tengo un vecino ruidoso: ¿qué hacer?
10 de Noviembre de 2014


A nuestro despacho de abogados en Madrid Centro han acudido muchos clientes en busca de la solución para problemas en su comunidad de vecinos, relacionados con el ruido. El artículo 7.2 de la ley de la propiedad horizontal es muy claro al afirmar que "al propietario y al ocupante del piso no les está permitido desarrollar en él o en el resto de inmuebles actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.

Sabiendo que tu caso puede ser amparado legalmente, si tienes un vecino molesto, debes comunicárselo al presidente de la comunidad para que éste manifieste tus quejas al vecino ruidoso, avisándole de que las actividades molestas deben ser cesadas.

Si la conducta sigue, pese a la advertencia del presidente, se puede presentar una demanda de Juicio ordinario. En estos casos, es fundamental contar con el asesoramiento de los profesionales de un buen despacho de abogados en Madrid Centro para el cumplimiento de la legislación vigente. Además de evitar problemas futuros, también conseguirás la correcta fundamentación para tu caso. Si el vecino molesto es un inquilino, además de comunicárselo a él, el propietario de la vivienda también debe ser notificado.

Aunque la primera vía para solucionar los conflictos entre vecinos sea apelar a una buena convivencia a través del sentido común, es cierto que la resolución ofrecida por los tribunales es - en algunos casos - la única forma de terminar con los problemas de miles de personas en sus hogares.

En Lextime Abogados estamos especializados en Propiedad Horizontal, Propiedad Vertical y Derecho Inmobiliario. Si tiene cualquier tipo de problema en tu comunidad de vecinos, no dudes en consultarnos.

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