Una de las fórmulas más habituales en los últimos tiempos de contratos de alquiler, como hemos comprobado los abogados de arrendamientos en Madrid centro, es el alquiler con opción a compra, es decir, un contrato doble o mixto que permite invertir el dinero destinado al alquiler en una posible compra futura, aunque no obligatoria.
Se trata de una fórmula que en Lextime Abogados recomendamos para personas que busquen adquirir una vivienda a medio plazo, pero ahora no están en condiciones económicas suficientes como para acceder al crédito, de forma que mientras están de alquiler y pagan las cuotas, se tiene derecho a comprar esa vivienda en el futuro por un precio previamente acordado del que se descuentan, total o parcialmente, las rentas de alquiler pagadas hasta ese momento.
Así las cosas, los abogados de arrendamientos en Madrid centro consideramos este método como un contrato doble o mixto, compuesto por dos subcontratos, uno de alquiler y uno de compraventa. Es, además, beneficioso para ambas partes, ya que el arrendatario puede vivir de alquiler y comprobar factores externos como vecinos, ruidos, comodidades de la vivienda, posibles mejoras, etc. mientras invierte en una posible compra.
Por su parte, el arrendador tiene su vivienda en alquiler con la prima como seguro, siendo esta la principal diferencia con los contratos de arrendamiento habituales. De hecho, este contrato de opción a compra implica un desembolso inicial por parte del arrendatario mucho mayor que una fianza, que además no recuperaría en caso de no ejecutar la opción preferencial para la compra pasados unos años.
Contacta con nosotros
Mándanos un mail
Horario de apertura