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¿Qué hace el presidente de una comunidad de vecinos?
30 de Junio de 2016

Contar con un despacho de abogados en Madrid centro especializado en asuntos inmobiliarios y comunidades de propietarios será sin dudas de gran ayuda si eres el presidente de una comunidad de vecinos. Se trata de un cargo personal e indelegable, por lo que es muy importante que conozcas tus obligaciones y la responsabilidad que asumes con tu cargo.

Lo primero que tienes que sabes es que, al ostentar este cargo, tienes la representación de la comunidad en todos los asuntos que la afecten, ya sea dentro de un procedimiento judicial o fuera de éste. El encargo te puede haber tocado por elección directa, sorteo o bien turno rotatorio, en cuyo caso el mismo va pasando de propietario en propietario en cada período. 

Tal como nos explican desde el despacho Lextime Abogados, la aceptación del encargo es obligatoria aunque transcurrido un mes el Presidente puede solicitar a un Juez su relevo siempre que existan motivos que lo justifiquen. Por otro lado, razones de enfermedad o edad que impidan desarrollar las funciones autorizan a rechazar el puesto. 

Salvo que los estatutos indiquen otra cosa, la duración del mandato será de un año, aunque la Junta de Propietarios tiene la facultad de remover al Presidente en cualquier momento.

Un despacho de abogados en Madrid centro puede aconsejar al Presidente sobre sus obligaciones, siendo una de las más importantes convocar a la Junta de Propietarios y cerrar el acta ya que debe desempeñar también las funciones de Secretario. La convocatoria a Junta Extraordinaria también está dentro de sus funciones. 

Por último, la contratación de servicios como limpieza, conserje o solicitud de subvenciones también es responsabilidad del Presidente, siempre previa aprobación de la Junta, pudiendo hacerlo de forma unilateral en el caso de servicios urgentes.

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